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Si te preguntas cómo ha llegado Compliance Penal a nuestro ordenamiento jurídico

Aquí te lo explico:


Hay que ponerse en contexto y tenemos que ir un poco atrás en el tiempo, y situarnos en un escenario, en el que, tanto el derecho penal como el Código Penal, consideraban que las empresas y organizaciones -personas jurídicas- no podían cometer delitos.


El fundamento de este concepto se basaba en la idea de la incapacidad de las empresas y organizaciones para realizar, por sí mismas, “acciones delictivas”.


Al no poder realizar, por sí mismas, acciones delictivas, la empresa u organización no podía ser condenada, ni tampoco enjuiciada, porque no era responsable, ni culpable.


Es evidente, que en esta situación era muy difícil pensar en la posibilidad de que una empresa u organización cumpliera una pena de años de prisión o fuera condenada a una sanción por una acción delictiva, precisamente por su incapacidad para delinquir.


Por eso, partimos de este concepto anterior,




Para llegar al concepto actual, que incorpora a nuestras leyes, la “responsabilidad penal” de las empresas y organizaciones de cualquier tipo.


De esta forma, una empresa u organización, en aplicación del sistema vigente ahora, y en el supuesto de que se cometa una acción delictiva en su nombre, puede ser investigada.


Y después de la tramitación en el Juzgado y desarrollarse el correspondiente juicio, puede resultar condenada.



Y, ¿cuándo se incorporó?


Es muy reciente, puesto que se introdujo en el Código Penal español en el año 2010, la responsabilidad penal de las personas jurídicas -empresas y todo tipo de organizaciones-



Y es en este punto cuando entra en escena el sistema de Compliance, puesto que el propio Código Penal establece que, en caso de haber incorporado un “Modelo de organización y gestión de prevención” en la organización o empresa, este modelo o sistema de Compliance puede operar como eximente o atenuante, eximiendo o atenuando la penal que corresponda imponer conforme el sistema de penas del Código Penal.


Así que una de las razones que más utiliza para valorar la necesidad de implementar un Sistema de Compliance en la empresa, es precisamente, la posibilidad de evitar eventuales sanciones.


Yo, personalmente, prefiero hacer ver a los responsables de las empresas con las que colaboro, que los beneficios o ventajas de aplicar un Sistema de Compliance son otros muchos, como por ejemplo: generar una cultura de cumplimiento, generar más confianza en clientes y proveedores, alcanzar una mayor reputación empresarial, y, sin duda, generar un mejor desempeño y mayores beneficios.



Hasta aquí el porqué y el cómo de la incorporación de Compliance en nuestras leyes, un sistema muy similar a los de los países de nuestro entorno.



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