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Nueva Ley de Secretos Empresariales



La Nueva Ley de Secretos Empresariales, define el secreto empresarial:


"Cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que sea:

a) SECRETO --> que no esté divulgado ni sea fácil el acceso a terceras personas ajenas

b) Con VALOR EMPRESARIAL

c) Haber adoptado el titular MEDIDAS para mantenerlo en secreto"


Se regula la obtención LÍCITA de secretos empresariales, determinando los criterios o requisitos que han de cumplirse para ello.


También se regula la VIOLACIÓN DE SECRETOS EMPRESARIALES y se establecen los criterios para su determinación.


La ley otorga naturaleza de DERECHO DE PROPIEDAD AL SECRETO DE EMPRESA, y en consecuencia, el mismo, es transmisible; lo pueden poseer varios titulares, el secreto de empresa puede ser objeto de licencias contractuales.


Así mismo, se recogen los modos de PROTECCIÓN del secreto empresarial y se detallan las ACCIONES DE DEFENSA: son acciones civiles de declaración de la violación del secreto de empresa, la prohibición de fabricar y comercializar mercancías infractoras, la posibilidad de fijar indemnizaciones por los daños y perjuicios, etc-


El plazo de PRESCRIPCIÓN que se establece para el ejercicio de estas acciones de protección es de TRES AÑOS, desde el conocimiento de la violación del secreto empresarial


Se regula el procedimiento a seguir en los Juzgados y Tribunales competentes



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